En este artículo
  1. Qué obliga la normativa de 2026
  2. A quién afecta
  3. Requisitos técnicos del sistema
  4. Sanciones por incumplimiento
  5. Qué sistemas ya no son válidos
  6. Cómo cumplir la normativa con eFichado

1. Qué obliga la normativa de 2026

Desde 2019 (Real Decreto-ley 8/2019), todas las empresas españolas están obligadas a registrar la jornada diaria de sus trabajadores. La reforma prevista para 2026 da un paso más: establece que el registro debe ser digital, inalterable y accesible en tiempo real por la Inspección de Trabajo (ITSS).

Esto significa que los métodos tradicionales — hojas de papel, firmas, plantillas Excel — dejan de ser válidos. No basta con registrar; el sistema debe garantizar que los datos no pueden modificarse a posteriori sin dejar rastro de auditoría.

El periodo de adaptación previsto es muy corto — entre 20 días hábiles y 6 meses desde la publicación en el BOE. Las empresas que no estén preparadas en el momento de la entrada en vigor quedan expuestas a sanciones inmediatas.

2. A quién afecta

La obligación es universal: afecta a todas las empresas y autónomos con trabajadores a su cargo, sin excepción por tamaño, sector o modalidad contractual.

No existe ningún umbral mínimo de empleados. Una empresa con un solo trabajador tiene la misma obligación que una con mil.

3. Requisitos técnicos del sistema

La nueva normativa no solo exige registrar — exige que el sistema cumpla requisitos técnicos concretos:

Inalterabilidad

Cada fichaje debe quedar sellado digitalmente. Si se produce un error, la corrección debe realizarse mediante un nuevo apunte vinculado al original, dejando constancia de la fecha, motivo y persona que autoriza el cambio. No se pueden borrar registros.

Trazabilidad completa

El sistema debe mantener un log de auditoría de todas las operaciones: quién fichó, cuándo, desde dónde y si hubo modificaciones posteriores.

Acceso en tiempo real desde la ITSS

La Inspección de Trabajo debe poder acceder a los registros en tiempo real, sin necesidad de requerir documentación a la empresa. Esto implica que el sistema debe estar conectado o ser exportable en formatos estándar de forma inmediata.

Conservación mínima 4 años

Los registros deben conservarse durante al menos 4 años y estar disponibles para su consulta en cualquier momento por la empresa, los representantes de los trabajadores y la Inspección.

Geolocalización verificable (recomendada)

Aunque no es obligatoria en todos los casos, la geolocalización en el momento del fichaje aporta una capa adicional de verificación, especialmente relevante para equipos con movilidad o teletrabajo.

4. Sanciones por incumplimiento

Las sanciones por no llevar el registro de jornada o hacerlo de forma incorrecta están tipificadas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS):

Infracción Gravedad Sanción
No llevar registro de jornada Grave 626€ – 6.250€
Registro incompleto o manipulado Grave 626€ – 6.250€
No conservar registros 4 años Grave 626€ – 6.250€
No facilitar acceso a la ITSS Grave 626€ – 6.250€
Irregularidades menores en el formato Leve 60€ – 625€
⚠ Dato relevante

La Inspección de Trabajo realizó más de 30.000 inspecciones relacionadas con control horario en 2023, sancionando a más de 5.000 empresas. Con la nueva normativa digital, la detección automática de incumplimientos será más sencilla para la ITSS.

5. Qué sistemas ya no son válidos

Con la entrada en vigor de la nueva normativa, los siguientes métodos quedan expresamente excluidos por no garantizar inalterabilidad ni trazabilidad:

Un sistema válido debe cumplir:

6. Cómo cumplir la normativa con eFichado

eFichado es un software de control horario 100% web — los empleados fichan desde el navegador del móvil, sin instalar ninguna app — diseñado para cumplir los requisitos de la normativa española de registro de jornada.

eFichado incluye 30 días de prueba gratuita sin tarjeta de crédito. Puedes comprobar que cumple todos los requisitos antes de comprometerte.

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